 La denominada "Cédula de identificación para autorizado a conducir vehículos", mas conocida como la Cédula Azul, luego de su implementación y constante aumento entre conductores de autos, que pudieron disfrutar de sus beneficios, desde los primeros días del 2011 hará su flamante presentación pero ahora en motocicletas, esperando tener el mismo recibimiento que como el recibido por su hermano de cuatro ruedas. Apartir del 03 / 01 / 2011, entra en vigencia las Disp 948/2010. En ella se destaca que se procederá en igual forma que en el caso de los automotores. Por lo tanto vale refrescar la memoria de los beneficios de la tradicional y conocida Cédula Azul para Automóviles. BENEFICIOS DE LA CÉDULA AZUL ► Mejorar la seguridad vial en su conjunto y la seguridad del propietario del automotor y del conductor en particular. ► Restringir la utilización de los vehículos sólo a aquellas personas que estén autorizadas por los propietarios. ► Permitir que toda persona que circula con un automotor, sea el titular registral o un autorizado por éste, cuente con una identificación. ► Esta identificación no remplaza a la Cédula Verde sino que se destina a los terceros autorizados que manejan un auto del cual no son titulares. ► La cédula servirá a la vez para que un tercero pueda salir con el automóvil a un país limítrofe en forma temporal. ► Si se vende el automotor las cédulas que se hayan solicitado para manejar dicho vehículo serán dadas de baja automáticamente. Nota Aclaratoria: En cualquier momento el titular registral podrá solicitar se deje sin efecto la o las cédula/s azul/es dadas para utilizar el automotor.
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