martes, 2 de agosto de 2011

ATENCIÓN PODES INSCRIBIR TU MOTOVEHICULO

SISTEMA DE REGULARIZACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN INICIAL DE
LOS MOTOVEHÍCULOS USADOS NO REGISTRADOS
Motovehículos comprendidos
Fecha fabricación o importación Cilindradas
* Hasta 31 de Diciembre de 1989 Todas las cilindradas
* Hasta 31 de Diciembre de 2000 Hasta 250 cm3
Hasta 31 de Diciembre de 2007 Hasta 150 cm3
[*] Modificado por Disposición DN 694 de 2010.
Lugar de presentación del trámite
Registro Seccional con competencia en Motovehículos que le
corresponde según su domicilio.
Formularios Requeridos para la presentación:
Solicitud Tipo “01”:- La entrega el concesionario al momento de la
venta
Solicitud Tipo “05”.- Se adquiere en el Registro Seccional
DOCUMENTACIÓN QUE DEBE PRESENTAR
Documentación Personal en original más una copia, se debe
presentar, según el caso:
 Para los argentinos nativos o naturalizados: Documento Nacional
de Identidad (D.N.I.), Libreta de Enrolamiento (L.E.) o Libreta
Cívica (L.C.), no admitiéndose Cédula de Identidad.
 Para los extranjeros sin residencia permanente en el país:
Pasaporte
 Para los extranjeros con residencia permanente en el país:
Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) o Cédula de Identidad
(C.I.) Argentina. Para los extranjeros de países limítrofes: Documento Nacional
de Identidad (D.N.I.), Cédula de Identidad (C.I.) Argentina,
Cédula de Identidad (C.I.) del país de origen o pasaporte.
Documentación que acredita el origen del motovehículo:
Si usted tiene toda la documentación a saber:
 Solicitud Tipo “01”,
 Certificado de Importación o Fabricación
 Factura de compra de la unidad, deberá presentar la totalidad de
ellas.
Si no, podrá presentar alternativamente cualquiera de los siguientes
instrumentos a saber:
 Comprobante de pago del impuesto a la radicación de
automotores emitido a nombre del solicitante o certificación de
esa circunstancia o de la baja expedida por la autoridad de esa
jurisdicción. Si esa documentación no estuviera a nombre del
solicitante, se deberá acompañar el o los recibos o boleto de
compraventa que acrediten las sucesivas ventas.
 Factura o recibo de compra original del fabricante, importador,
concesionario o comerciante del ramo, siempre que se trate de
motovehículos fabricados o ingresados al país hasta el año 1989
cualquiera fuere su cilindrada, o de motovehículos de hasta 250
cm3 inclusive de cilindrada fabricados o ingresados al país antes
del 31 de Diciembre de 2000, o de motovehículos de hasta 150
cm3 inclusive de cilindrada fabricados o ingresados al país hasta
el año 2007 inclusive. Si la factura no estuviera a nombre del
solicitante deberá acompañarse el o los recibos o boleto de
compraventa que acrediten las sucesivas ventas Certificado
de fabricación o de nacionalización, según se tratare de un
motovehículo nacional o importado.
 En caso de no poseer ninguno de los instrumentos mencionados
se deberá presentar una declaración jurada avalada por DOS (2)
testigos, formalizada por escritura pública o ante el Registro
Seccional interviniente, en la que se precise el origen del
motovehículo y se indicará expresamente de quién y en qué
fecha fue adquirido y los motivos por los cuales no se presenta la documentación de origen o de adquisición del motovehículo,
acompañando la que tuviere en su poder.
Se deberá presentar además:
 Verificación física especial del motovehículo practicada por la
planta habilitada, en la que se dejará expresamente constancia,
de ser ello posible, sobre el año de fabricación del mismo y su
cilindrada.
 UNA (1) fotografía color, de la que surjan claramente las
características físicas del motovehículo verificado que permitan
determinar su cilindrada. La fotografía deberá encontrarse
visada por la planta interviniente, quien deberá asimismo
consignar en el dorso de la fotografía el número de control de la
Solicitud Tipo presentada.
 Declaración jurada del peticionario con su firma certificada
mediante la cual asuma la responsabilidad civil y penal respecto
de la autenticidad de la documentación acompañada.
ARANCELES
Los motovehículos de hasta 150 cm3 de cilindrada fabricados o
importados hasta el 31 de diciembre de 2007 gozan de beneficios
arancelarios.

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