DENUNCIA DE VENTA
El artículo 27 del Régimen Jurídico del Automotor dispone: “Hasta tanto se inscriba la transferencia el transmitente será civilmente responsable por los daños y perjuicios que se produzcan con el automotor en su carácter de dueño de la cosa. No obstante, si con anterioridad al hecho que motive su responsabilidad el transmitente hubiere comunicado al registro que hizo tradición del automotor, se reputará que el adquirente o quienes de éste último hubiesen recibido el uso, la tenencia o la posesión de aquel, revisten con relación al transmitente el carácter de terceros por quien él no debe responder y que el automotor fue usado contra su voluntad...”.
Por ello, una vez efectuada la entrega del automotor al comprador y sea cual fuere el tiempo transcurrido desde ese hecho, el vendedor titular registral podrá comunicar esa circunstancia al Registro Seccional donde aquél estuviese radicado.
Peticionario: titular registral.
Documentación a presentar:
- Solicitud Tipo “11” – Denuncia de Venta
- La comunicación deberá contener:
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Número de dominio del automotor.
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Nombre, apellido, número y tipo de documento de identidad del vendedor titular registral.
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Nombre y apellido del comprador. Su omisión no impedirá la toma de razón del trámite.
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Lugar y fecha en que se efectuó la entrega del automotor. Si no recordare ese dato se consignará la fecha aproximada de entrega.
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Cualquier otro dato que a juicio del presentante resulte de interés (v.gr. domicilio del comprador)
- Original y fotocopia de cualquier constancia que el vendedor posea de la celebración de venta, si la tuviere.
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